CONSIDERANDO:
Que el distrito municipal de
Jaquimeyes, perteneciente al municipio de El Peñón, de la provincia de
Barahona, con una población aproximada de 15,000 habitantes, ha alcanzado un
notable desarrollo en todos los órdenes, tanto en lo económico, social,
cultural, religioso y agropecuario;
CONSIDERANDO:
Que el distrito municipal de
Jaquimeyes, con unas 20,000 tareas cultivables y una producción que sobrepasa
las 80,000 unidades de plátanos, 25,000 racimos de guineo y 40,000 unidades de
coco anualmente y produce además, yuca, habichuela, maíz, ajíes, berenjena,
auyama y cilantro, entre otros;
CONSIDERANDO:
Que la sección de Palo Alto,
perteneciente al distrito municipal de Jaquimeyes, posee una población que
sobrepasa los 7,000 habitantes, experimentando un alto desarrollo en todos los
órdenes, revistiendo además, por su ubicación una extraordinaria importancia,
en virtud de que por dicha comunidad pasan cientos de vehículos rumbo al sur
profundo y a la ciudad capital, al igual que a municipios cercanos;
CONSIDERANDO:
Que dado el auge logrado por
la sección Palo Alto y el distrito municipal de Jaquimeyes, son muchos los
proyectos y programas que hacen factible que estas comunidades se desarrollen,
manifestándose con una elevación de categoría dentro de la división territorial
de la provincia de Barahona.
.../
VISTA:
La ley 5220, del 21 de
septiembre de 1959, sobre División Territorial de la República Dominicana y sus
modificaciones.
HA DADO LA SIGUIENTE LEY:
Art.
1.- El distrito municipal de
Jaquimeyes del municipio de El Peñón, provincia Barahona, queda elevado a la
categoría de municipio, con el nombre de municipio de Jaquimeyes. Su cabecera
será el pueblo de Jaquimeyes.
Art.
2.- Los límites del
municipio de Jaquimeyes son los siguientes:
Al Norte: Municipio Vicente Noble;
Al Sur : Mar Caribe;
Al Este : Sierra de Martín García;
Al Oeste: Municipio El Peñón.
Art.3.-
La sección Palo Alto, queda
elevada a la categoría de distrito municipal, con el nombre de distrito
municipal Palo Alto, su cabecera será el pueblo de Palo Alto.
Art.
4.- Los límites
territoriales del distrito municipal Palo Alto son:
Al Norte: Con los límites del pueblo de Jaquimeyes;
Al Sur : Distrito municipal de Fundación;
Al Este : Municipio de Barahona;
Al Oeste: Río Yaque del Sur.
Art.
5.- El paraje Las Palmas,
del distrito municipal Palo Alto queda erigido en sección.
Art. 6.- El
distrito municipal Palo Alto estará integrado por la sección Las Palmas y los
parajes Los Tres Puentes, La Arbiña y La Arbiñita.
Art.7.-El municipio de Jaquimeyes estará integrado
por el distrito municipal de Palo Alto con sus secciones y parajes, así como
por los parajes: Campo de Caña del CEA, El Salado de los Cucuses,
La Bomba, La Cortadera, Busú, El Limón, Puerto
Alejandro, La Hierba de Guinea y El Babor.
Art.
8.- La Secretaría de Estado
de Interior y Policía, La Liga Municipal Dominicana y la Procuraduría General
de la República tomarán todas las medidas administrativas necesarias para la
ejecución de la presente ley.
Art.
9.- La presente ley modifica,
en cuanto fuere necesario, la ley 5220, del 21 de septiembre de 1959, sobre
División Territorial de la República Dominicana y sus modificaciones, así como
cualquier ley que le sea contraria.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso
Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de marzo del año dos mil cuatro (2004); años 161° de la Independencia y 141° de la Restauración.
(Fdos.): Jesús Ant. Vásquez
Martínez, Presidente; Sucre Ant. Muñoz, Secretario, Melania Salvador de Jiménez, Secretaria.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados,
Palacio del Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital
de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año
dos mil cuatro (2004); años 161° de la Independencia y 141° de la Restauración.
Alfredo
Pacheco Osoria,
Presidente.
Nemencia de la Cruz Abad, Ilana Neumann Hernández,
Secretaria. Secretaria.
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